EXPOFERIA "LA BASURA COMO RECURSO RENOVABLE"
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA
CIENCIA Y TECNOLOGIA
INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGÍA DEL OESTE
“MARISCAL SUCRE”
TRAYECTO IV, SECCIÓN: 7022
LA BASURA COMO
RECURSO RENOVABLE
Prof.: AUTORES:
Carina
García Emily Pérez C.I. 21.0731.541
Dareliz
Sequeria C.I. 16.600.877
Maikel
Carrero C.I 23.696.297
Dianarly Marquez C.I 23.687.159
Caracas, Junio de 2016
5.
MARCO JURÍDICO
5.1
Constitución de la República
En
el referéndum realizado el 15 de diciembre de 1999 fue aprobado el nuevo texto
constitucional de Venezuela o constitución Bolivariana, el cual establece en su capítulo IX los
derechos ambientales de los ciudadanos del país, además de este articulado, y
como un avance de gran importancia para la promoción de la conciencia ambiental
en el país, en el título III, de los deberes, derechos humanos y
garantías, el capítulo VI se refiere a
los derechos culturales y educativos y el artículo 107 expresa que “ la
educación ambiental es obligatoria en los niveles y modalidades del sistema
educativo, así como también en la educación ciudadana no formal.
5.2 Leyes Generales protección al Medio
Ambiente
Ley Orgánica del Ambiente
Artículo 1. Esta Ley tiene por objeto establecer las
disposiciones y los principios rectores para la gestión del ambiente, en el
marco del desarrollo sustentable como derecho y deber fundamental del Estado y de
la sociedad, para contribuir a la seguridad y al logro del máximo bienestar de
la población y al sostenimiento del planeta, en interés de la humanidad.
De
igual forma, establece las normas que desarrollan las garantías y derechos
constitucionales aun ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado.
En Venezuela
existe la llamada Ley Orgánica del Ambiente en donde también hablan de
la educación ambiental, como por ejemplo en el Art. 4 donde se lee: “la gestión
del ambiente comprende: promover la Educación Ambiental para la conservación de
un ambiente sano, seguro y ecológicamente equilibrado, esta debe ser un valor
ciudadano incorporado en la educación formal y no formal” así como también en
el artículo 10 donde se lee: Son objetivos de la gestión del ambiente, bajo la
rectoría y coordinación de la Autoridad Nacional Ambiental:
Numeral
5: Fomentar y estimular la educación ambiental y la participación protagónica
de la sociedad.
Numeral
9: Estimular la creación de mecanismos que promuevan y fomenten la
investigación y la generación de información básica
Ley
de Gestión Integral de la Basura
Publicada
en Gaceta Oficial Nº 6.017 Extraordinario del 30 de diciembre de 2010
Artículo 1. La
presente Ley establece las disposiciones regulatorias para la gestión integral
de la basura, con el fin de reducir su generación y garantizar que su
recolección, aprovechamiento y disposición final sea realizada en forma
sanitaria y ambientalmente segura.
TÍTULO
II, DE LA ORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL
Capítulo
I Competencias
Artículo 7 Poder Ejecutivo Nacional. Corresponde
al Poder Ejecutivo Nacional, a través del Ministerio del Poder Popular con
competencia en materia ambiental, conjuntamente con otros órganos y entes con
competencia en la materia, la formulación de políticas sobre la gestión
integral de residuos y desechos sólidos, elaborar planes de gestión y manejo de
los mismos, fijar criterios para el establecimiento de tasas sobre la materia,
aprobar tecnologías destinadas al tratamiento o aprovechamiento de residuos y
las demás que le asigne las leyes de la República.
Artículo 8 Poder Ejecutivo Estadal. Los
estados y el Distrito Capital, cumpliendo los lineamientos del Plan Nacional de
Manejo Integral de Residuos y Desechos Sólidos, tendrán las siguientes
competencias:
1.
Prestar los servicios de transferencia y disposición final de desechos sólidos,
previa aprobación de la Autoridad Nacional Ambiental. Los servicios de
transferencia y disposición final podrán ser prestados por los órganos
indicados directamente, por asociaciones cooperativas, empresas privadas,
empresas de propiedad social o comunitaria y otros entes mediante contrato o
concesión y por cualquier otra modalidad que las gobernaciones y distritos
estimen conveniente, de acuerdo con las normativas sobre licitaciones,
contrataciones y concesiones de obras y servicios.
2.
Participar en el aprovechamiento de residuos, mediante la creación de empresas
de propiedad colectiva, conjuntamente con las comunidades organizadas.
5.3 Plan de la Nación
GRAN
OBJETIVO HISTÓRICO N° 5 V.
V.
Contribuir con la preservación de la vida en el planeta y la salvación de la
especie humana
Objetivo Nacional 5.1.
Construir e impulsar el modelo económico productivo eco-socialista, basado en
una relación armónica entre el hombre y la naturaleza, que garantice el uso y
aprovechamiento racional, óptimo y sostenible de los recursos naturales,
respetando los procesos y ciclos de la naturaleza.
Objetivos Estratégicos y Generales
5.1.1. Impulsar de manera colectiva la construcción y
consolidación del socialismo como ún Contribuir con la preservación de la vida
en el planeta y la salvación de la
especie humana.
Objetivos.
5.1.3.3.
Crear sistemas urbanos ecológicos, con di- seños arquitectónicos equilibrados
con los ecosistemas naturales que reduzcan los niveles de contaminación
ambiental.
5.1.3.5.
Constituir un sistema nacional, regional y
local para el aprovechamiento de residuos y desechos, para la creación
de insumos útiles para el vivir bien, dándole prioridad a su uso como materias
primas secundarias para la industria nacional.
5.1.4.2.
Fomentar el reúso de los residuos para su
utilización como materias primas o bienes finales; a través de la
conformación de circuitos que incluyan la clasificación de residuos por parte
de toda la población, estableciendo centros de acopio y unidades productivas
transformadoras.
5.4 Leyes Municipales Reglamentarias
Ley
de Gestión Integral de la Basura
Publicada
en Gaceta Oficial Nº 6.017 Extraordinario del 30 de diciembre de 2010
Artículo 1. La
presente Ley establece las disposiciones regulatorias para la gestión integral
de la basura, con el fin de reducir su generación y garantizar que su
recolección, aprovechamiento y disposición final sea realizada en forma
sanitaria y ambientalmente segura.
Artículo
9 Poder Ejecutivo Municipal. Es de la competencia del
Poder Ejecutivo del Municipio y Distritos Metropolitanos:
1.
La gestión del servicio de aseo urbano, rural y domiciliario.
2.
Elaborar y ejecutar el Plan municipal de Gestión Integral de los Residuos y
Desechos Sólidos, con sujeción a las políticas y directrices del órgano rector.
En los casos en la que la prestación del servicio se realice a través de las
figuras asociativas establecidas en la ley, se elaborará un Plan que comprenda
los municipios involucrados.
3.
Prestar de manera eficiente, directamente o a través de terceros, dando
preferencia a aquellas organizaciones del poder popular, los servicios de aseo
público y domiciliario, comprendidos los de limpieza, recolección, transporte y
tratamiento de residuos sólidos; de acuerdo con las políticas, estrategias y
normas fijadas por el Ejecutivo Nacional.
4.
Regular, mediante ordenanzas, la gestión de los servicios de aseo público y
domiciliario, incluyendo las tarifas, tasas o cualquier otra contraprestación
por los servicios, calculados sobre la base de sus costos reales y las
previsiones establecidas en el respectivo Plan, conforme a los criterios
establecidos por el Poder Público Nacional.
5.
Garantizar la participación popular en el proceso de definición, ejecución,
control y evaluación de la prestación del servicio.
6.
Establecer formas asociativas con otros órganos o entes con los cuales estén
relacionados, para la prestación del servicio de aseo público o domiciliario.
7.
Gestionar y aportar, total o parcialmente, los recursos financieros para la
ejecución del Plan Municipal de Gestión Integral de Residuos y Desechos Sólidos.
8.
Priorizar el desarrollo y difusión de programas educativos y la capacitación en
el manejo integral de los residuos y desechos sólidos, para los consejos
comunales y demás organizaciones del Poder Popular.
9.
Proponer sitios para la ubicación de instalaciones a ser utilizadas en el
manejo integral de residuos y desechos sólidos, de conformidad con los planes
respectivos.
10.
Coordinar con la autoridad ambiental y sanitaria correspondiente, la aplicación
del Plan Municipal de Gestión y Manejo Integral de los Residuos y Desechos
Sólidos.
11.
Dar cumplimiento a los cronogramas de adecuación de los vertederos a cielo
abierto para su clausura.
12.
Cualesquiera otras que por disposición legal le corresponda.
5.5 Leyes y/o Tratados Internacionales
Convenio
sobre la Diversidad Biológica
Este
Convenio fue firmado por 157 países, durante la Cumbre de la Tierra, celebrada
en Río de Janeiro en 1992. Entró en vigor en diciembre de 1993.
Su
objetivo ha sido realizar temas relevantes que ella contiene, así como formar
grupos y talleres de trabajo, convocados por el Programa de Naciones Unidad
para el Medio Ambiente (PNUMA), para diseñar y desarrollar planes y programas
para estudios de países, y estrategias para implementar la convención.
6.1.1 Cultura de Responsabilidad
Ambiental
Parte
del éxito de la conservación ambiental y mantenimiento de lo público implica un
sentido de pertenencia del ciudadano o habitante del país. Va más allá de una
conciencia ecológica, es querer el entorno y sentirse parte de él. El problema
surge cuando no existe tal sentimiento y la sociedad comienza a desenvolverse
de manera caótica, anárquica donde las personas se tornan individualistas y no
ven más allá de lo que les preocupa o interesa.
Un factor importante en el establecimiento
de la tan necesaria política ambiental es lograr que el venezolano realmente
valore su entorno, la infraestructura pública para que mejore su disposición de
conservar y cuidar lo que le rodea. Que empiece a entender y a sensibilizarse
por los problemas ambientales y que deben ser partícipes de su solución, sin
dejar a un lado sus propias responsabilidades. Iniciativas de cultura ciudadana
son necesarias pero deben ser trabajadas sobre teorías antropológicas y
sociológicas que ataquen los problemas de base.
Los dirigentes políticos,
comunitarios, y gerentes en general tienen una gran responsabilidad sobre la
sociedad y deben comprender las causas y consecuencias de nuestro accionar como
sociedad y así establecer estrategias que a mediano y a largo plazo puedan
cambiar el paradigma que afecta al ambiente en Venezuela, y la sociedad en
general debe abrirse a nuevos planteamientos y no tenerle miedo al cambio.
Ley
Federal de Responsabilidad Ambiental (LFRA)
Los
preceptos de este ordenamiento son reglamentarios del Artículo 4º
Constitucional para garantizar los derechos humanos a un medio ambiente sano
para el desarrollo y bienestar de toda persona, y tienen por objeto la
protección, la preservación y restauración del ambiente y el equilibrio
ecológico, y la responsabilidad generada por el daño y el deterioro ambiental.
(Artículo 1º)
Se
entiende por daño al ambiente: la pérdida, cambio, deterioro, menoscabo,
afectación o modificación adversos y mensurables de los hábitat, de los
ecosistemas, de los elementos y recursos naturales, de sus condiciones
químicas, físicas o biológicas, de las relaciones de interacción que se dan
entre éstos, así como de los servicios ambientales que proporcionan. (Artículo
2º)
6.2 Características Generales de
Reciclamiento Comunitario
TÍTULO
VIII
De
los Derechos y Garantías de los Beneficiarios
Artículo 83. "La
salud es un derecho social, fundamental, obligación del estado, que lo
garantizará como parte del derecho a la vida. El estado promoverá y
desarrollará políticas orientadas a elevar la calidad de vida, el bienestar
colectivo y el acceso a los servicios. Todas las personas tienen derecho a la
protección de la salud. Así como el deber de participar activamente en su
promoción y defensa y el de cumplir con las medidas sanitarias y de saneamiento
que establezca la ley de conformidad con los tratados y convenios
internacionales suscritos y ratificados con la república".
Ley
Orgánica de los Consejos Comunales
Capítulo
I
Artículo 1. La
presente Ley tiene por objeto regular la constitución, conformación,
organización y funcionamiento de los consejos comunales como una instancia de
participación para el ejercicio directo de la soberanía popular y su relación
con los órganos y entes del Poder Público para la formulación, ejecución,
control y evaluación de las políticas públicas, así como los planes y proyectos
vinculados al desarrollo comunitario.
Artículo 2. Los
consejos comunales, en el marco constitucional de la democracia participativa y
protagónica, son instancias de participación, articulación e integración entre
los ciudadanos, ciudadanas y las diversas organizaciones comunitarias,
movimientos sociales y populares, que permiten al pueblo organizado ejercer el
gobierno comunitario y la gestión directa de las políticas públicas y proyectos
orientados a responder a las necesidades, potencialidades y aspiraciones de las
comunidades, en la construcción del nuevo modelo de sociedad socialista de
igualdad, equidad y justicia social.
6.3 Centro de Acopio
Centros
de Acopio en Venezuela.
Distrito Capital
|
||
Reciclaje
Palo Verde II C.A.
|
Zona
Industrial Palo Verde. Av. La Industria, Local N°8. Petare, Caracas. Tlf.
0212-2516010. E-mail: repaveca@cantv.net
|
Todo tipo de papel, cartón, periódico y archivos
muertos.
|
Recuperadora
El Trío
|
Av. Morán, Local N°5, detrás de los bomberos, entre
San Martín y Catia. Caracas.
Tlf. 0212-4512255 y 0416-6287684 |
Aluminio, hierro, baterías, acero inoxidable,
bronce, cobre.
|
Aragua
|
||
EMARLIM C.A.
|
Zona
Industrial San Miguel. Prolongación Sánchez Carrero, Galpón N° 3. Maracay.
Edo. Aragua. Tlf. 0243-2467094
|
Papeles, cartones, plástico y otros materiales.
|
Recuperadora Cariaco II, C.A.
|
San Vicente, Maracay
Tlf. 0243-5515612, 0416-6328390 |
Papel, cartón y periódico.
|
Reciclajes
del Centro
|
San Vicente, Maracay.
Tlf. 0243-5537391. |
Papel y cartón.
|
Reciclajes
MYCO C.A.
|
Urb.
Ind. Corinsa. Calle Lazo 3. Parcela N° 19. Galpón N° 3. Cagua. Edo. Aragua.
Elf: 0244-3958613. E-mail: reciclajesmyco@cantv.net. Sra. Maiby Carrasquel,
0416-6430036
|
Papel, cartón, periódico, vidrio, plásticos.
|
Servicios
y Procesos C.A. (SERPRO)
|
Urb.
Industrial Santa Rosalía, Parcela A1. Cagua, Edo. Aragua. Tlf. 0414-4922561.
Sr. Jairo Gómez.
|
Vidrio.
|
Carabobo
|
||
Coproplast
|
Urb. Pocaterra. Tocuyito.
Tlf. 0241-8941762. E-mail: coproplast@cantv.net |
Plástico.
|
Recicladora
Rency, C.A.
|
Camino
Vecinal Las Garcitas, Planta O-I. Los Guayos. Los Guayos, Edo. Carabobo.
Tlf. 0241-8509381. Cel: 0414-4219549 |
Vidrio.
|
Falcón
|
||
Novedades
BYG, C.A. Recuperadora Ambientalista Falconiana
|
Oficina:
Calle Norte, entre calles Colón y Hospital, Quinta "El Molino",
Sector Pantano Abajo, Santa Ana de Coro, Estado Falcón.
Planta: Avenida Intercomunal Coro-La Vela, al lado del Estadio de Eleoccidente, Santa Ana de Coro, Estado Falcón. Tlf: 0416-1626825 y 0416-4680173. |
Vidrio, plástico, papel, cartón, tetra pak.
|
Guárico
|
||
Solangel Navas
|
Calabozo,
0414-617.87.92
|
|
Lara
|
||
Inversiones
Polaca C.A.
|
Zona
Industrial 1. Calles 28 entre Carreras 4 y 5, cruce con calle 29-A, Galpón
N°133. Telefax: 0251-2371534. Barquisimeto. Edo. Lara. E-mail:
polancain@cantv.net
|
Periódicos, cartón, plásticos, chatarra, vidrios,
otros.
|
Mérida
|
||
Centro
de reciclaje “Los Curos”
|
Urb.
J. J. Osuna Rodríguez (Los Curos), Av. Principal, frente a la iglesia, parte
media. Los Curos, Edo. Mérida. Tel-fax: 0274-2716868. Web:
www.catedradelapaz.org E-mail: catedradelapaz@cantv.net
|
Papel, cartón, periódico, aluminio, plástico y
vidrio.
|
Miranda
|
||
Ecoplast
|
Intercomunal
Guatire Araira, Parque Industrial El Rodeo, Guatire, Edo. Miranda.
Tlf. 0212-3413089, 3410976. Fax: 0212-3414545. E-mail: ecoplast@cantv.net. |
Plástico.
|
Recuperadora
y Fundición ISFRA, C.A.
|
Urb. Industrial Paraiso del tuy, Sta. Lucia, vía
Sta. Rita.
Tlf: 0239-5148433, 0414-2251957 y 0414-3291500 Fax: 0239-2311100. Contacto: Franco Simplicio. E-mail: francos@cantv.net y sfrancocgian@hotmail.com |
Metales ferrosos y no ferrosos, plástico, papel y
cartón.
|
Recuperadora
de Vidrio Azul
|
Ave.
1 con Ave. Penetración. Zona Industrial del Este, Guarenas, Estado Miranda.
|
Vidrio.
|
Nueva Esparta
|
||
Proimpla, C.A.
|
Sector
Guatacaral, al lado de la Escuela Granja “Simón Bolívar”, San Juan Bautista.
Isla de Margarita. Venezuela. Tlf. 0295-4163210 Celular: 0416-4950049.
|
Plásticos.
|
Trujillo
|
||
Recuperadora
Reinfa
|
Zona
industrial Carmen Sánchez de Jelambi, Valera, Estado Trujillo.
|
Vidrio.
|
Galería de la Presentación en la Expo-Feria
Revisado. Prof. Carina Garcia
ResponderEliminarNo realizaron las preguntas generadoras de su proyecto solicitadas en Aca Ambiente.
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